Versión 2026-07-30
# Contrato de Encargado del Tratamiento **Versión 2026-07-30** Anexo al contrato de servicio entre **ALMARUC (AlmarucQR)** — el Encargado — y el **restaurante titular de la cuenta** — el Responsable. Se firma conforme al artículo 28.3 del Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD). ## 1. Quién es quién El **Responsable es el restaurante**. Decide qué datos recoge de sus comensales, para qué y con qué base jurídica. El **Encargado es ALMARUC**. Solo trata esos datos para prestar el servicio, y únicamente siguiendo las instrucciones documentadas del Responsable. ALMARUC **no decide** las finalidades. No usa los datos de los comensales para fines propios, no los vende, no los cede y no los emplea para entrenar sistemas. ## 2. Objeto, duración y naturaleza **Objeto:** prestación de la plataforma de carta digital, reservas, pedidos en mesa, fidelización, lista de espera, control horario y web, según el plan y los servicios contratados. **Duración:** mientras esté vigente el contrato de servicio. **Naturaleza y finalidad:** alojamiento, conservación, consulta, modificación y supresión de los datos, por cuenta del Responsable. ## 3. Datos e interesados **Categorías de interesados:** comensales y clientes del restaurante, y su personal empleado. **Categorías de datos:** identificativos (nombre, teléfono, correo), datos de la reserva o el pedido, datos de fidelización, y datos de jornada laboral del personal cuando se use el módulo de control horario. **Categorías especiales (art. 9):** el servicio **no está diseñado para tratarlas**. Los campos de texto libre advierten de ello. Si el Responsable introduce o permite introducir datos de salud, asume la base jurídica reforzada que exige el art. 9.2 y responde de ello. ## 4. Obligaciones de ALMARUC 1. Tratar los datos **solo** según instrucciones documentadas del Responsable. 2. Guardar **confidencialidad**, y exigirla a todo su personal. 3. Aplicar las **medidas de seguridad** del art. 32: cifrado de los datos personales sensibles en la base de datos, cifrado en tránsito, control de acceso por roles y permisos, registro de actividad y copias de seguridad verificadas. 4. **No subcontratar** sin autorización. La lista de subencargados vigente está en el anexo I; cualquier alta se comunicará con antelación y el Responsable podrá oponerse. 5. **Asistir** al Responsable en la atención de los derechos de los interesados y en sus evaluaciones de impacto, en la medida en que le corresponda. 6. **Notificar sin dilación indebida** al Responsable cualquier violación de la seguridad de la que tenga conocimiento, con la información disponible para que aquel pueda cumplir el art. 33. 7. Al terminar el contrato, **devolver o suprimir** los datos a elección del Responsable. La plataforma permite descargar la exportación completa desde el panel. 8. Poner a disposición del Responsable la información necesaria para demostrar el cumplimiento y **permitir auditorías** razonables, previo aviso. ## 5. Obligaciones del Responsable El restaurante garantiza y responde de que: 1. Dispone de **base jurídica** para cada tratamiento que realiza. 2. **Informa a sus comensales** conforme a los arts. 13 y 14, incluida la existencia de ALMARUC como encargado. 3. El **contenido que introduce es lícito, veraz y exacto** — en particular la información de la carta y de **alérgenos**, cuya responsabilidad es exclusivamente suya conforme al Reglamento (UE) 1169/2011. 4. Cumple sus propias obligaciones laborales, incluido el registro de jornada. 5. Custodia sus credenciales y responde de los actos de su personal. 6. Sus instrucciones son lícitas. ALMARUC le informará si, a su juicio, una instrucción infringe la normativa de protección de datos. ## 6. Responsabilidad Cada parte responde de sus propias obligaciones. Frente al interesado, la responsabilidad se rige por el art. 82 RGPD, con derecho de repetición entre las partes conforme a su apartado 5. El Responsable **mantendrá indemne** a ALMARUC frente a reclamaciones, sanciones o costes derivados del contenido que introduce, de la ausencia de base jurídica, de la falta de información a sus comensales o del incumplimiento de sus obligaciones laborales o de seguridad alimentaria. ## Anexo I · Subencargados ALMARUC **no cede los datos a terceros con fines propios**. Los únicos subencargados son los proveedores de infraestructura imprescindibles para prestar el servicio: | Subencargado | Finalidad | Ubicación | |---|---|---| | **OVH** (OVH Groupe SAS) | Alojamiento del servidor y almacenamiento de los datos | Unión Europea | | **Hostalia** (Grupo Nicolás Correa / Acens) | Envío de los avisos por correo electrónico | España | Ambos prestan sus servicios desde la **Unión Europea**, por lo que **no se producen transferencias internacionales** de datos a terceros países. Cualquier alta o cambio de subencargado se comunicará al Responsable con antelación suficiente para que pueda oponerse. Si se opusiera y no fuera posible mantener el servicio sin ese subencargado, cualquiera de las partes podrá resolver el contrato sin penalización. ## Anexo II · Edad mínima El programa de fidelización está reservado a **mayores de 14 años**, conforme al art. 7 de la LOPDGDD. El Responsable no debe dar de alta a menores de esa edad sin el consentimiento de sus padres o tutores.
